El 19 de marzo de 2026, el Registro del Congreso del Senado de EE.UU. publicó el Proyecto de Ley S.4153 - la Ley de Regulación y Responsabilidad de Químicos Permanentes de 2026. El proyecto propone una eliminación completa de las sustancias per- y polifluoroalquiladas (PFAS) y el establecimiento de un marco regulatorio sólido.
Contenido Principal del Proyecto de Ley
I. Requisitos Anuales de Monitoreo y Reporte (Sección 102(a))
- Cronograma para la Elaboración de Normas: Dentro de los 3 años posteriores a la fecha de vigencia de la Ley, el Administrador de la Agencia de Protección Ambiental (EPA) debe emitir una norma final que requiera a los fabricantes y usuarios de PFAS presentar informes.
- Requisitos de Contenido para el Reporte (Reporte Inicial y Actualizaciones Anuales): Los fabricantes y usuarios deben presentar un reporte inicial dentro de los 18 meses posteriores a la emisión de la norma, seguido de presentaciones anuales. El contenido incluye:
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Elemento del Reporte |
Contenido Específico |
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Descripción del Uso Esencial |
Función de los PFAS en el producto/proceso, cantidad y concentración de uso, nombre comercial, identidad química y estructura molecular |
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Alternativas Más Seguras |
Soluciones alternativas a PFAS actualmente en uso |
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Liberaciones Ambientales |
Cualquier nivel detectable de liberaciones de PFAS |
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Usos Exigidos Federalmente |
Usos de PFAS mandatados por ley federal, normas o especificaciones gubernamentales |
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Descripción del Uso No Esencial |
Descripción detallada de todos los usos no esenciales |
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Volumen Total de Producción/Procesamiento |
Volumen total fabricado o procesado para cada PFAS, y volúmenes estimados por categoría de uso |
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Subproductos |
Subproductos generados durante la fabricación, procesamiento, uso o eliminación |
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Impactos Ambientales y de Salud |
Toda la información disponible sobre los impactos ambientales y de salud de los PFAS |
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Población Expuesta |
Número de personas expuestas en el lugar de trabajo y duración de la exposición |
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Métodos de Eliminación |
Método de eliminación o destrucción para cada PFAS (reporte inicial y ante cualquier cambio) |
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Información Adicional |
Otra información solicitada por el Administrador |
II. Cronograma para la Eliminación de Producción y Consumo (Sección 102(b))
- Fecha límite general para la eliminación: Los fabricantes y usuarios deben eliminar completamente los usos no esenciales dentro de los 10 años posteriores a la fecha de vigencia de la Ley.
III. Cronograma Acelerado de Eliminación para Productos Específicos (Sección 102(b)(4))
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Tiempo Después de la Promulgación |
Productos Prohibidos para la Venta |
Excepciones |
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1 Año |
Alfombras/moquetas, tratamientos de telas, empaques y contenedores de alimentos, productos para niños, productos de petróleo y gas que contienen PFAS |
Los productos de segunda mano pueden continuar vendiéndose
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2 Años |
Cosméticos, textiles de interior, muebles tapizados de interior, accesorios/bolsos, ropa de interior y exterior que contienen PFAS |
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4 Años |
Textiles de exterior, muebles tapizados de exterior que contienen PFAS |
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5 Años |
Ropa de exterior para condiciones húmedas severas que contiene PFAS (agregado intencionalmente) |
IV. Ámbito de Aplicación
- Aplica a todos los estados de EE.UU., territorios, estados libremente asociados, tribus indígenas y el Distrito de Columbia.
- No aplica a entidades que solo reciben PFAS en el curso de sus operaciones regulares (por ejemplo, instalaciones de gestión de residuos sólidos, sistemas públicos de agua, etc.).

