Sustancias que fueron notificadas hasta el 31 de marzo de 2011, como sustancias que se fabrican por primera vez o se importan a Japón y que no están clasificadas como Sustancias Químicas Específicas de Clase I, Sustancias Químicas de Monitoreo de Tipo II, ni como Sustancias Químicas de Monitoreo de Tipo III.
Tales sustancias son designadas en 2016 como Sustancias Químicas Anunciadas Recientemente (notificadas hasta el 31 de marzo de 2011) de acuerdo con el párrafo (4) del Artículo 4.
Tales sustancias químicas se consideran sustancias químicas generales conforme a las disposiciones del Párrafo 7 del Artículo 2 de la Ley vigente (excluyendo las Sustancias Químicas de Evaluación Prioritaria, Sustancias Químicas de Monitoreo, Sustancias Químicas Específicas de Clase I y Sustancias Químicas Específicas de Clase II).
