7. Sustancia Activa
7.1 Notificación Previa de Sustancias Activas Existentes
Las sustancias activas existentes deben ser notificadas previamente antes de la producción o importación para obtener un período de gracia. Al realizar la notificación previa para la sustancia activa, las empresas también deben confirmar el tipo de producto de la sustancia. Dependiendo del tipo de producto, las empresas pueden obtener períodos de gracia de diferentes duraciones (hasta 10 años). Durante el período de gracia, las empresas pueden producir o importar las sustancias activas que han sido notificadas previamente sin obtener una aprobación formal.

| Categoría |
Grupo 1 |
Grupo 2 |
Grupo 3 |
Grupo 4 |
| Período de gracia |
31 de dic., 2022 |
31 de dic., 2024 |
31 de dic., 2027 |
31 de dic., 2029 |
| Exposición |
Alta |
Media |
Media |
Baja |
| Tipos de producto |
Desinfectantes |
Control de otros vertebrados |
Conservantes para productos |
Conservantes para materiales de construcción |
| Algicidas |
Control de otros vertebrados |
Conservantes para películas |
Conservantes para materiales y equipos |
| Rodenticidas |
Conservantes para madera |
Conservantes para fibras y cuero |
Fluidos para embalsamamiento y taxidermia |
| Insecticidas |
- |
- |
Productos antifouling |
| Repelentes |
- |
- |
- |
Si una empresa necesita producir o importar sustancias activas existentes para su uso en productos biocidas, y el producto ya estaba en el mercado antes del 31 de diciembre de 2018, la empresa debe presentar una notificación previa antes de la producción o importación para obtener un período de gracia para la autorización de sustancias activas existentes. Al presentar la notificación previa para la sustancia activa, la empresa también debe declarar el tipo de producto (4 categorías principales, como se muestra en la tabla de la segunda página). Dependiendo del tipo de producto, la empresa puede obtener un período de gracia de diferentes duraciones (hasta 10 años). Durante el período de gracia, la empresa puede producir o importar la sustancia activa existente que ha sido pre-notificada sin obtener autorización.
7.2 Autorización de Sustancia Activa Existente
Las empresas que planean producir o importar sustancias activas existentes deben presentar los datos relevantes de la sustancia y obtener la autorización del Ministerio de Medio Ambiente. Dependiendo de la naturaleza de la sustancia, la autorización para sustancias activas es válida por 5-10 años. Las empresas deben volver a solicitar la autorización antes de que expire el período de validez. Los requisitos de datos para la autorización de sustancias activas son los siguientes:
| Requisitos de datos |
Presentación conjunta |
Prueba |
| Información básica del solicitante (CEO,No. de serie comercial) |
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| Información de la sustancia (nombre de la sustancia,No. CAS,composición,fórmula molecular) |
√
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| Propiedad físico-química o biológica |
√ |
√ |
| Clasificación y etiquetado |
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| Información de exposición, como uso y forma de exposición |
√ |
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| Materia prima y procesos de fabricación |
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| Efecto & eficacia |
√ |
√ |
| Toxicología para la salud |
√ |
√ |
| Ecotoxicología |
√ |
√ |
Precauciones y métodos de eliminación para el manejo de la sustancia activa
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√ |
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Uso y gestión regulatoria en países nacionales y extranjeros
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√ |
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Datos completos de seguridad para la sustancia activa (incluido CSR)
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√ |
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Datos representativos del producto para sustancias activas aplicables
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√ |
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7.3 Circulación y Gestión Posterior al Mercado
Informe
Las empresas que fabrican o importan productos químicos de consumo o biocidas que requieren confirmación de seguridad deben informar la siguiente información al Ministerio de Medio Ambiente anualmente (a partir del 31 de marzo de 2020):
- Productores de productos químicos de consumo o biocidas que requieren confirmación de seguridad: Nombres y cantidades de productos fabricados o importados; nombres y cantidades de sustancias prioritarias controladas y sustancias activas contenidas en los productos.
- Fabricantes o importadores de sustancias activas: Nombres y cantidades de sustancias activas fabricadas o importadas.
Representante único (OR)
Si los fabricantes o exportadores extranjeros desean proteger sus secretos comerciales y no pueden proporcionar información de la sustancia a los importadores, el importador no puede cumplir con las obligaciones de K-BPR. Para abordar este problema, los productores extranjeros pueden designar un Representante Único (OR) calificado para cumplir con las obligaciones del importador estipuladas por K-BPR. El papel del OR entró en vigor el 1 de enero de 2021.
Presentación y reporte
Las empresas que producen o importan productos químicos de consumo o biocidas que requieren confirmación de seguridad deben informar la siguiente información al Ministerio de Medio Ambiente cada dos años (antes del 31 de marzo):
- Productores de productos químicos de consumo o biocidas que requieren confirmación de seguridad: Nombre del producto y cantidad en toneladas, así como los nombres y cantidades de sustancias prioritarias controladas y sustancias activas contenidas en los productos.
- Sustancias activas: Nombres y cantidades de sustancias activas fabricadas o importadas.
La siguiente información debe archivarse durante 10 años:
- Nombres y cantidades de productos químicos de consumo que requieren confirmación de seguridad;
- Composición y proporciones de mezcla de productos químicos de consumo que requieren confirmación de seguridad;
- Nombres, nombres de productos y cantidades de productos biocidas que requieren confirmación de seguridad;
- Composición y proporciones de mezcla de sustancias activas en productos biocidas;
- Nombres y contenidos de productos biocidas utilizados para artículos tratados.