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GHS de Corea

Neso Zhao
4 de September de 2024
Corea
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1. Introducción

El 4 de junio de 2013, el Ministerio de Medio Ambiente de Corea (MoE) publicó la Ley de Control de Sustancias Químicas (CCA). El artículo 16 de la CCA enumera los requisitos para el etiquetado de sustancias químicas peligrosas. El propósito de esta Ley es prevenir los riesgos que las sustancias químicas representan para la salud de las personas y el medio ambiente, y proteger la vida y la propiedad de las personas frente a las sustancias químicas mediante su control adecuado y la respuesta rápida a los accidentes causados por estas sustancias. Su predecesora fue la Ley de Control de Sustancias Químicas Tóxicas (TCCA), emitida por el MoE el 2 de febrero de 1991. El 1 de enero de 2015, la TCCA se dividió en la CCA y las regulaciones K-REACH (Ley de Registro y Evaluación de Sustancias Químicas). La última revisión se realizó el 6 de febrero de 2024.

El 15 de enero de 2019, el Ministerio de Empleo y Trabajo de Corea (MoEL) publicó la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional (K-OSHA). El propósito de esta Ley es mantener y promover la seguridad y salud de las personas que prestan trabajo, previniendo accidentes industriales mediante el establecimiento de normas sobre seguridad y salud industrial, la clarificación de responsabilidades y la creación de un ambiente laboral cómodo. Su predecesora fue la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional promulgada en 1993. La última revisión se realizó el 17 de agosto de 2021.

La TCCA cubre sustancias químicas nuevas, sustancias químicas tóxicas, sustancias químicas de observación y sustancias químicas restringidas o prohibidas. Otras sustancias químicas no están reguladas por la TCCA. Las empresas pueden visitar el sitio web del NIER (https://kreach.me.go.kr/repwrt/index.do), buscar la categoría clasificada de sustancias químicas y verificar si son sustancias químicas tóxicas. La clasificación es obligatoria bajo la CCA, y las empresas deben tomar las acciones apropiadas para cumplir.

El 15 de febrero de 2023, el Ministerio de Empleo y Trabajo (MoEL) publicó las últimas regulaciones GHS, tituladas "Normas relacionadas con la Clasificación, Identificación y MSDS para Sustancias Químicas" (Aviso MoEL No. 2023-9). La principal revisión incluye una explicación más científica de "fabricación" y aclara las obligaciones derivadas de la definición actualizada. Estas regulaciones entraron en vigor en la fecha de su promulgación. La versión anterior de esta regulación, Aviso MoEL No. 2020-130, fue publicada en 2020 y es en gran medida consistente con la UN GHS Rev. 4, que entró en vigor el 16 de enero de 2021.

El 27 de junio de 2008, el Ministerio de Empleo y Trabajo (MoEL) emitió el Aviso No. 2008-29, estableciendo los plazos de cumplimiento como sigue:

  • Sustancias: 30 de junio de 2010
  • Mezclas: 30 de junio de 2013

El 8 de julio de 2008, el Instituto Nacional de Investigación Ambiental (NIER) en Corea del Sur emitió el Aviso No. 2008-26, con plazos de cumplimiento como sigue:

  • Sustancias: 30 de junio de 2011
  • Mezclas: 30 de junio de 2013

2. Información de clasificación

Peligros físicos:

Clase de peligro Categoría de peligro
1 Explosivos Explosivos inestables Div 1.1 Div 1.2 Div 1.3 Div 1.4 Div 1.5 Div 1.6
2 Gases inflamables 1 2 Gas pirofórico      
3 Aerosoles 1 2          
4 Líquidos inflamables 1 2 3 4      
5 Sólidos inflamables 1 2          
6 Gases comburentes 1            
7 Líquidos comburentes 1 2 3        
8 Sólidos comburentes 1 2 3        
9 Gases bajo presión Gas comprimido Gas licuado Gas licuado refrigerado Gas disuelto
10 Sustancias químicas autorreactivas Tipo A Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E Tipo F Tipo G
11 Líquidos pirofóricos 1            
12 Sólidos pirofóricos 1            
13 Sustancias químicas auto-calentantes 1 2          
14 Sustancias químicas que, en contacto con agua, emiten gases inflamables 1 2 3        
15 Peróxidos orgánicos Tipo A Tipo B Tipo C Tipo D Tipo E Tipo F Tipo G
16 Corrosivo para los metales 1            

Peligros para la salud:

Clase de peligro Categoría de peligro
1 Toxicidad aguda (oral) 1 2 3 4 5
2 Toxicidad aguda (dermal) 1 2 3 4 5
3 Toxicidad aguda (inhalación) 1 2 3 4 5
4 Corrosión o irritación cutánea 1/1A/1B/1C 2      
5 Daño ocular grave o irritación ocular 1 2      
6 Sensibilización respiratoria 1(1A/1B)        
7 Sensibilización cutánea 1(1A/1B)        
8 Mutagenicidad en células germinales 1A/1B 2      
9 Carcinogenicidad 1A/1B 2      
10 Toxicidad reproductiva 1A/1B 2 Efectos sobre o a través de la lactancia
11 Toxicidad específica para órganos diana - exposición única 1 2 3    
12 Toxicidad específica para órganos diana - exposición repetida 1 2      
13 Peligro por aspiración 1        

Peligros ambientales: 

Clase de peligro Categoría de peligro
1 Peligroso para el medio acuático - peligro agudo 1      
2 Peligroso para el medio acuático - peligro crónico 1 2 3 4
3 Peligroso para la capa de ozono 1      

3. Presentación de KOSHA y MSDS

El Artículo 110 de K-OSHA estipula que los fabricantes o importadores de productos químicos también están obligados a presentar las MSDS (Hojas de Datos de Seguridad de Materiales), y la información del proveedor debe incluir la información del importador. Si un proveedor extranjero delega la presentación de las MSDS a un importador dentro de Corea del Sur, se debe proporcionar la información del importador; si las MSDS son presentadas por un OR (Representante Único), la información del proveedor debe incluir la información del OR.

Para más información, por favor consulte la guía de KOSHA y MSDS.

4. Requisitos de Etiquetado GHS

(a) Identificador del producto (consistente con SDS);

(b) Palabra de señal;

(c) Pictogramas, si se usan tanto el símbolo de calavera y tibias cruzadas como el símbolo de exclamación, solo debe mostrarse el símbolo de calavera y tibias cruzadas. Si se usan tanto el símbolo corrosivo como el símbolo de exclamación que indica irritación cutánea o ocular, solo debe mostrarse el símbolo corrosivo. Si se usan tanto el símbolo de exclamación que indica irritación cutánea o ocular como el símbolo de peligro para la salud para sensibilizadores respiratorios, solo debe mostrarse el símbolo de peligro para la salud. Cuando haya 5 o más pictogramas, solo se deben conservar 4. Los símbolos de pictogramas deben ser negros con un borde rojo y un fondo blanco. Si el fondo y el borde son difíciles de distinguir, se pueden usar colores contrastantes. Para envases de pequeña capacidad inferiores a 1L y cuando la superficie del envase tenga dos colores o menos, el color principal del recipiente o envase (excepto negro) puede usarse como color de fondo para los pictogramas.

(d) Declaraciones de peligro (pueden omitirse para envases 100ml/g), declaraciones repetitivas o similares pueden omitirse o combinarse;

(e) Información del proveedor, debe incluir información de una empresa dentro de Corea;

(f) Declaraciones de precaución (pueden omitirse para envases 100ml/g), declaraciones repetitivas o similares pueden omitirse o combinarse. Cuando haya 7 o más declaraciones de precaución, incluyendo al menos una bajo cada uno de los subtítulos: prevención, respuesta, almacenamiento seguro y eliminación (excepto cuando no existan frases relevantes), solo se deben conservar 6. Las declaraciones no escritas deben indicar “Consulte SDS” en la etiqueta.

(g) La etiqueta generalmente debe usar un fondo blanco con texto y bordes negros. Cuando no sea posible tener un fondo blanco (como bolsas de plástico), debe usarse un color de fondo apropiado basado en la superficie del envase o recipiente. Sin embargo, cuando el color de fondo sea cercano al negro, los colores del texto y del borde deben marcarse en colores contrastantes.

Requisitos de Tamaño de Etiqueta

Capacidad del paquete Dimensiones de la etiqueta
Capacidad500L Mayor que 450cm2
200LCapacidad <500L Mayor que 300cm2
50LCapacidad <200L Mayor que 180cm2
5LCapacidad <50L Mayor que 90cm2
Capacidad <5L Mayor que el 5% de la superficie total, excluyendo las áreas superior e inferior del envase

Cada pictograma de peligro debe cubrir al menos una quinceava parte de la superficie mínima de la etiqueta. El área mínima de cada pictograma de peligro no debe ser inferior a 0.5 cm2.

5. Requisitos SDS

Los proveedores deben proporcionar a los destinatarios la última SDS para productos químicos. Cuando el contenido de sustancias CBI (Información Comercial Confidencial) sea inferior al 1%, o el contenido de sustancias no CBI cumpla con los niveles umbral mostrados en la tabla a continuación (expresados como valores mínimos), pueden omitirse en la Sección 3 de la SDS. De lo contrario, se debe proporcionar el documento SDS. En cuanto al idioma, la SDS debe prepararse en coreano, aunque los nombres propios como nombres químicos y nombres de instituciones extranjeras pueden estar marcados en inglés. Si los reactivos son para fines de I&D y la SDS está en un idioma extranjero, no es necesario traducirla al coreano.

Clase de peligro Valores límite
Toxicidad aguda 1%
Corrosión o irritación cutánea 1%
Daño ocular grave o irritación ocular 1%
Sensibilización respiratoria 0.1%
Sensibilización cutánea 0.1%
Mutagenicidad en células germinales (categoría 1A, 1B) 0.1%
Mutagenicidad en células germinales (categoría 2) 1%
Carcinogenicidad 0.1%
Toxicidad reproductiva 0.1%
Toxicidad específica para órganos diana – exposición única
1%
Toxicidad específica para órganos diana – exposición repetida
1%
Peligro por aspiración
1%
Peligroso para el medio acuático
1%
Peligroso para la capa de ozono
0.1%

Valores límite para clases de peligro para la salud y el medio ambiente

La SDS debe presentarse utilizando los siguientes encabezados en el orden que se indica a continuación:

  • Sección 1: Identificación del químico peligroso y del proveedor;
  • Sección 2: Identificación del peligro;
  • Sección 3: Composición e información sobre los ingredientes del químico peligroso;
  • Sección 4: Medidas de primeros auxilios;
  • Sección 5: Medidas contra incendios;
  • Sección 6: Medidas en caso de liberación accidental;
  • Sección 7: Manipulación y almacenamiento;
  • Sección 8: Controles de exposición y protección personal;
  • Sección 9: Propiedades físicas y químicas;
  • Sección 10: Estabilidad y reactividad;
  • Sección 11: Información toxicológica;
  • Sección 12: Información ecológica;
  • Sección 13: Información sobre eliminación;
  • Sección 14: Información sobre transporte;
  • Sección 15: Información regulatoria;
  • Sección 16: Otra información.

6. Sustancias Petrolíferas

A diferencia de los requisitos de gestión de líquidos inflamables de las Naciones Unidas GHS, Corea del Sur tiene regulaciones específicas sobre el almacenamiento y transporte de sustancias petrolíferas dentro de su territorio. Por lo general, es necesario incluir esta determinación en la Sección 15 de la SDS. El Artículo 5 del Capítulo 1 de la "Ley sobre la Gestión Segura de Productos Químicos Peligrosos" de Corea del Sur (denominada Ley de Gestión de Productos Químicos Peligrosos) establece las restricciones sobre el almacenamiento y manejo de mercancías peligrosas en cantidades superiores a los niveles designados. El "Decreto de Ejecución de la Ley sobre la Gestión Segura de Mercancías Peligrosas" especifica los detalles de clasificación para las sustancias petrolíferas en Corea. Este Decreto es un reglamento bajo la Ley de Gestión de Productos Químicos Peligrosos. Similar a la "Ley de Servicios contra Incendios" de Japón, la clasificación de sustancias petrolíferas en Corea incluye: Clase 1 Sólidos Oxidantes, Clase 2 Sólidos Combustibles, Clase 3 Sustancias que se encienden espontáneamente y sustancias reactivas al agua, Clase 4 Líquidos inflamables, Clase 5 Sustancias auto-reactivas y Clase 6 Líquidos oxidantes.

La categoría más notable aquí es la Clase 4 Líquidos Inflamables, que incluye 3 Petróleos, 4 Petróleos, y aceites animales y vegetales, definidos como líquidos a 1 atmósfera de presión y 20°C. Esto no incluye líquidos inflamables cubiertos bajo otras regulaciones, que se refieren a la "Ley de Cosméticos", "Ley de Asuntos Farmacéuticos", "Ley de Dispositivos Médicos" y "Ley de Seguridad de Productos Químicos de Consumo y Biocidas." 1 Petróleo se refiere a productos como acetona y gasolina con un punto de inflamación <21°C a 1 atmósfera de presión. 2 Petróleo incluye productos como queroseno y diésel con un punto de inflamación entre 21°C y <70°C a 1 atmósfera de presión, excluyendo pinturas con un contenido de líquido inflamable inferior al 40%, un punto de inflamación superior a 40°C y un punto de combustión superior a 60°C. 3 Petróleo se refiere a aceites pesados y aceites de parafina con un punto de inflamación entre 70°C y <200°C a 1 atmósfera de presión, excluyendo pinturas y otros productos con un contenido de líquido inflamable inferior al 40%. 4 Petróleo incluye aceites para engranajes y aceites de cilindro con un punto de inflamación entre 200°C y <250°C a 1 atmósfera de presión, excluyendo pinturas y otros productos con un contenido de líquido inflamable inferior al 40%.

Categoría Nombre Cantidad Designada
Clase 4 Líquidos Inflamables

Fosfatos especiales 50L
1 Petróleo Líquidos no solubles en agua 200L
Líquidos solubles en agua 400L
Alcoholes 400L
2 Petróleo Líquidos solubles 1000L
Líquidos solubles en agua 2000L
3 Petróleo Líquidos no solubles en agua 2000L
Líquidos solubles en agua 4000L
4 Petróleo 6000L
Aceites animales y vegetales
10000L

Las regulaciones GHS de Corea del Sur han establecido un requisito de revisión cada tres años, con la próxima revisión prevista para publicarse en 2026. En ese momento, se anticipa que continuará alineándose más estrechamente con las nuevas revisiones del GHS de las Naciones Unidas.

Neso Zhao
Analista regulatorio de ChemRadar
Contenidos
1. Introducción
2. Información de clasificación
3. Presentación de KOSHA y MSDS
4. Requisitos de Etiquetado GHS
5. Requisitos SDS
6. Sustancias Petrolíferas
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