El 10 de noviembre de 2025, Singapur notificó a la Organización Mundial del Comercio (OMC) la Orden de la Ley de Protección y Gestión Ambiental (Enmienda del Segundo Anexo) (N.º 5) de 2025 y el Reglamento de Enmienda de la Protección y Gestión Ambiental (Sustancias Peligrosas) (N.º 3) de 2025. La propuesta tiene como objetivo listar de manera integral el clorpirifós, el paraquat y sus sales, independientemente de la concentración o formulación—en los anexos de la Ley de Protección y Gestión Ambiental y sus reglamentos acompañantes para su estricto control como sustancias peligrosas.
Lista de productos:
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Nombre Químico Identidad |
N.º CAS |
Código SA |
Descripción SA |
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Clorpirifós |
2921-88-22 |
29333990 |
Otros compuestos con un anillo de piridina no fusionado
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38089130 |
Insecticidas no especificados en la nota 1 o 2 del capítulo 38 en envases aerosol |
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38089191 |
Otros insecticidas con función desodorizante no especificada en la nota 1 o 2 del capítulo 38 |
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38089199 |
Otros insecticidas sin función desodorizante no especificada en la nota 1 o 2 del capítulo 38 |
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38089990 |
Rodenticidas y productos similares que no están especificados en la nota 1 o 2 del capítulo 38 |
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38089311 |
Herbicidas no especificados en la nota 1 o 2 del capítulo 38 en envases aerosol |
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38089319 |
Herbicidas no especificados en la nota 1 o 2 del capítulo 38 que no están en envases aerosol |
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Paraquat; sus sales |
4685-14-7 1910-42-5 27041-84-5 2074-59-2 |
29333930 |
Sales de paraquat |
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38089311 |
Herbicidas no especificados en la nota 1 o 2 del capítulo 38 en envases aerosol |
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39089319 |
Herbicidas no especificados en la nota 1 o 2 del capítulo 38 que no están en envases aerosol |
La propuesta fue notificada por primera vez por la Agencia Nacional de Medio Ambiente de Singapur al Comité de Barreras Técnicas al Comercio de la OMC el 28 de abril de 2025. No se presentaron objeciones durante el período de comentarios de 60 días. Los reglamentos finales fueron adoptados oficialmente el 12 de agosto de 2025, promulgados el 27 de agosto de 2025, y la fecha de implementación, originalmente programada para octubre de 2025, se pospuso hasta el 27 de febrero de 2026.
Una vez que los reglamentos entren en vigor, los importadores, fabricantes y distribuidores de estos productos químicos y productos que los contengan deberán solicitar permisos o licencias de sustancias peligrosas para realizar actividades como importación, exportación, venta, almacenamiento, uso y transporte de estas sustancias.
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