El 15 de abril de 2026, la Unión Europea presentó una notificación (G/SPS/N/EU/940) a la Organización Mundial del Comercio (OMC), proponiendo modificar el Reglamento (UE) 2022/1616 para mejorar el sistema de gestión de plásticos reciclados para contacto con alimentos. Esto significa que todas las empresas exportando productos plásticos relacionados a la UE enfrentarían requisitos más estrictos de documentación de cumplimiento y un nuevo proceso de declaración digital.
Cambios Clave
1. Dos Nuevas Categorías de Declaraciones de Cumplimiento (DoC)
Además de la Declaración del Reciclador (Declaración A) y la Declaración del Convertidor (Declaración B) existentes, se añaden dos nuevas declaraciones:
- Declaración C (Declaración Simplificada): Aplica a las etapas de fabricación donde la composición química no se altera posteriormente (p. ej., termoformado, moldeo por inyección, etiquetado, etc.). No se necesita asignar un nuevo número de lote, pero se deben listar las instalaciones de reciclaje utilizadas.
- Declaración P (Declaración de Preprocesamiento): Aplica a los materiales plásticos de entrada puestos en el mercado en todas las etapas de preprocesamiento. Debe adjuntarse un número de lote para garantizar la trazabilidad.
2. Requisitos de Documentación de Cumplimiento de Cadena de Suministro
- Todos los operadores en las etapas de fabricación y comercialización, excepto la etapa de retail, deben proporcionar declaraciones de cumplimiento.
- Los operadores de negocios alimentarios que utilizan plástico reciclado para embalar alimentos pueden estar exentos de proporcionar declaraciones a los minoristas, siempre que se cumplan condiciones específicas de etiquetado/instrucciones; sin embargo, deben proporcionárselas a las autoridades competentes dentro de 10–20 días hábiles a la solicitud.
- Al emitir declaraciones, los operadores deben tener ya documentación de cumplimiento soporte guardada en su sistema de documentos y ser capaces de presentársela a las autoridades competentes dentro de 10 días hábiles.
3. Procedimientos de Importación y Aduanas
Los productos que contienen plástico reciclado (especialmente PET, utensilios de mesa y de cocina) deben presentar declaraciones de cumplimiento y códigos de producto a las aduanas cuando se liberan para libre circulación, para prevenir que productos no cumplan entren en el mercado de la UE.
4. Registro de la UE y Gestión del Sistema Electrónico (Ajuste Principal)
- Se establecerá un sistema de registro electrónico no público para su uso por parte de las autoridades competentes y los operadores.
- Se definen siete estados de registro para las instalaciones de descontaminación:
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Estado |
Significado |
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Nuevo registro |
Registrado y posiblemente operativo, pero el resumen de seguimiento de cumplimiento no aún enviado |
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En establecimiento |
Registrado y operativo, resumen enviado, pero auditoría no aún completada |
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Activo |
Operativo, resumen enviado, auditoría de autoridad competente completada |
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Inactivo |
Cesado por razones diferentes de (e)(f)(g) |
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Suspendido |
Suspendido por autoridad competente debido a falta de cumplimiento |
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Auditoría pendiente |
Auditoría no completada dentro del plazo establecido |
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Deshabilitado |
Cesado permanentemente en uso por reciclador |
- Reglas de transición de estado refinadas: Por ejemplo, el estado "en establecimiento" se convierte automáticamente a "auditoría pendiente" después de un año; los operadores pueden establecer voluntariamente una instalación a "inactiva"; si se reanuda la operación después de más de 20 meses de inactividad continua, el proceso de auditoría debe reiniciarse.
- La información sobre instalaciones deshabilitadas se elimina automáticamente del registro después de un año, pero permanece archivada en el sistema para acceso por parte de la Comisión y autoridades competentes.
5. Reutilización de Sobrantes y Desperdicios
Los sobrantes y desperdicios de plástico reciclado conforme pueden reintroducirse en la producción durante el procesamiento subsiguiente, siempre que se respeten los principios relevantes del Reglamento (UE) n.º 10/2011 sobre materiales y productos de plástico destinados a entrar en contacto con alimentos.
6. Gestión de Lotes y Registros
Debes establecer un único registro de calidad con número de identificación para cada lote de plástico de entrada y plástico reciclado, y mantenerlo en el sistema documental durante al menos cinco años.
Arreglos Transitorios
- Declaración A/B: Durante 3 meses después de que la normativa entre en vigor, los productos que cumplen con la antigua normativa aún pueden ponerse en el mercado (aunque no cumplan completamente con los nuevos requisitos de declaración).
- Declaración C/P: Durante 6 meses después de que la normativa entre en vigor, los productos que cumplen con la antigua normativa pueden ponerse en el mercado sin dichas declaraciones.
- Los productos ya puestos en el mercado durante el período de transición, y los artículos de plástico reciclado fabricados con ellos, pueden venderse hasta que las existencias se agoten.
Informes ChemRadar
Dado que el período de comentarios tiene menos de un mes restante (cierre el 14 de junio), las asociaciones de la industria y las empresas con objeciones pueden presentar comentarios a la UE a través del Punto de Consulta Nacional de Notificación de la OMC de China lo antes posible.
Se espera que la normativa sea formalmente adoptada el 30 de septiembre de 2026 y entrará en vigor el día 20 siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
CIRS recuerda a las empresas relacionadas con la exportación nacional que:
- Establecer urgentemente un sistema documental: Mapear la cadena de suministro, establecer un sistema de numeración de lotes y preparar plantillas de Declaración P/C.
- Evaluar la conformidad de los proveedores: Enviar requisitos de conformidad a todos los proveedores upstream y evaluar su capacidad para proporcionar Declaración P.
- Optimizar la despachada aduanera: Confirmar los códigos CN aplicables a los productos, comunicar nuevas exigencias a los agentes aduaneros y establecer almacenamiento digital de documentos.
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