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Cuenta regresiva del Reglamento de Envases de la UE (PPWR): Restricciones de PFAS entran en vigor en agosto

8 de April de 2026
UE
Sustainability
PFAS
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El 30 de marzo de 2026, la Comisión Europea publicó el documento de orientación final y las Preguntas Frecuentes (FAQ) acompañantes para el Reglamento de Envases y Residuos de Envases (PPWR), proporcionando orientación para el cumplimiento a los estados miembros de la UE y operadores económicos.

Antecedentes

El PPWR entró oficialmente en vigor el 11 de febrero de 2025, reemplazando la Directiva de Envases y Residuos de Envases (94/62/CE) que había estado vigente durante casi 30 años. A diferencia de la directiva anterior, el PPWR se aplica directamente a todos los estados miembros como un reglamento de la UE sin requerir transposición individual por cada país. El reglamento será aplicable universalmente a partir del 12 de agosto de 2026.

Contenido principal del documento de orientación

I. Definiciones clave

Definición

Explicación de la definición

Envase

Elementos usados para contener, proteger, manipular, entregar o presentar productos; deben cumplir criterios respecto a función, material y diseño

Fabricante de envases

No necesariamente el productor real, sino la persona física o jurídica que "encarga y determina las especificaciones del diseño del envase"; los propietarios de marcas generalmente se consideran fabricantes

Productor de envases

Fabricantes, importadores o distribuidores que colocan por primera vez envases o productos envasados en el mercado dentro de un estado miembro; responsables de la responsabilidad ampliada del productor (EPR)

Importador

Debe estar establecido dentro de la UE (con personalidad jurídica independiente); las sucursales no pueden actuar como importadores

II. Plazos de cumplimiento

Fecha

Requisito

12 de agosto de 2026

Aplicación universal del reglamento; entran en vigor las restricciones de PFAS (envases en contacto con alimentos)

12 de febrero de 2028

Entrarán en vigor los requisitos para envases compostables; la Comisión solicitará el desarrollo de normas para compostaje doméstico

12 de agosto de 2028

Entrarán en vigor los requisitos armonizados para el etiquetado de envases

1 de enero de 2029

Deben establecerse sistemas de devolución de depósitos (DRS) para lograr una tasa de recogida separada del 90%

12 de febrero de 2029

Entrarán en vigor los requisitos para el etiquetado de envases reutilizables

1 de enero de 2030

Entrarán en vigor los requisitos de minimización de envases, requisitos de proporción de espacio vacío, objetivos de reutilización, prohibiciones de envases y otros requisitos fundamentales; Entrarán en vigor los requisitos de diseño para reciclabilidad (o 24 meses después de la entrada en vigor de los actos delegados pertinentes, lo que ocurra más tarde)

1 de enero de 2035

Entrarán en vigor los requisitos para el reciclaje a gran escala

III. Restricciones de PFAS (Efectivas a partir del 12 de agosto de 2026)

  • Cualquier PFAS individual: ≤ 25 ppb (excluyendo PFAS poliméricos)
  • Suma de PFAS: ≤ 250 ppb (precursores degradables)
  • Todos los PFAS (incluidos polímeros): ≤ 50 ppm; si el flúor total > 50 mg/kg, se debe proporcionar prueba

Interpretación de la Comisión

1. Enfoque escalonado recomendado para la prueba de PFAS

Paso

Contenido de la prueba

Criterios de cumplimiento

Paso 1

Cuantificación del Flúor Total (TF)

TF < 50 mg/kg → considerado conforme

Paso 2

Si TF supera el límite, usar pirólisis-GC/MS o métodos similares para confirmar si el flúor es flúor orgánico (PFAS)

Flúor orgánico < 50 mg/kg → considerado conforme

Paso 3

Análisis directo TOP (Precursor Total Oxidable)

Verificar cumplimiento con los límites de 25 μg/kg y 250 μg/kg

Nota: La evidencia actual muestra que las muestras que pasan la prueba del Paso 1 típicamente también cumplen con los requisitos de los Pasos 2 y 3.

2. Agotamiento de existencias (Sin período de transición)

Escenario

Tratamiento

Envases puestos en el mercado antes del 12 de agosto de 2026

Pueden permanecer en el mercado sin retirada

Envases puestos en el mercado después del 12 de agosto de 2026

Deben cumplir con los límites de PFAS; no hay período de transición para existencias

Envases que contienen materiales reciclados

Sin excepciones; se aplican las mismas reglas

3. Determinación de puntos clave en el tiempo

  • Envases de venta y envases agrupados: Generalmente se consideran puestos en el mercado cuando se completa el llenado (los pasos finales de procesamiento como el sellado pueden afectar el cumplimiento)
  • Envases de transporte y envases de servicio: Generalmente puestos en el mercado en estado vacío
  • Envases importados: El punto en el tiempo se determina por la puesta en libre circulación tras la finalización de los trámites aduaneros

IV. Relación con regulaciones existentes

  • Con la Directiva de Plásticos de un Solo Uso (SUPD): El PPWR tiene prioridad sobre la SUPD respecto a prohibiciones de envases, pero ambos reglamentos coexisten; la SUPD continúa aplicándose a productos plásticos de un solo uso no cubiertos por las prohibiciones del PPWR
  • Con la antigua Directiva de Envases (94/62/CE): El PPWR reemplaza la antigua directiva, pero algunas normas y requisitos existentes pueden seguir sirviendo como guía hasta que el nuevo reglamento sea plenamente aplicable

 

Información adicional

Documento

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