El 30 de marzo de 2026, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron conjuntamente un proyecto de directiva de la UE que propone enmiendas a tres directivas clave de política del agua (la Directiva Marco del Agua (2000/60/CE), la Directiva de Protección de Aguas Subterráneas (2006/118/CE) y la Directiva de Normas de Calidad Ambiental para Aguas Superficiales (2008/105/CE)) para fortalecer la protección de los cuerpos de agua en toda la UE.
Enmiendas clave
I. Nuevos contaminantes prioritarios controlados
1. PFAS (Sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas)
|
Categoría |
Medidas de control |
|
Aguas superficiales |
Normas de calidad ambiental (EQS) para la suma de 25 PFAS |
|
Aguas subterráneas |
Normas de calidad para la suma de 20 PFAS |
|
Control especial |
Normas individuales para la suma de los 4 PFAS más peligrosos |
Sustancias prioritarias PFAS de preocupación:
- Ácido perfluorooctanosulfónico (PFOS): Ya listado como sustancia prioritaria; medidas de control reforzadas en esta revisión
- Ácido trifluoroacético (TFA): Incluido en la suma de 25 PFAS debido a su alta toxicidad, persistencia y fuentes generalizadas (pesticidas fluorados, refrigerantes); podrían establecerse normas separadas en el futuro
2. Residuos farmacéuticos (productos medicinales)
|
Categoría |
Medidas de control |
|
Aguas superficiales |
Tres fármacos estrogénicos (etinilestradiol, estradiol, estriol) añadidos a la lista de sustancias prioritarias |
|
Aguas subterráneas |
Fármacos específicos incluidos en la lista de contaminantes |
|
Monitoreo de efectos |
Se adoptan métodos de monitoreo basados en efectos para evaluar los riesgos acumulativos de los fármacos estrogénicos |
3. Sustancias de bisfenol
|
Categoría |
Medidas de control |
|
Implementación inmediata |
Bisfenol A listado como sustancia peligrosa prioritaria con EQS establecido |
|
Lista de vigilancia |
"Suma de bisfenoles" incluida en el Anexo III |
|
Requisitos mínimos |
Se requiere que los Estados miembros identifiquen y monitoreen el Bisfenol B y el Bisfenol S como contaminantes específicos de cuenca fluvial |
4. Otras nuevas sustancias en la lista de vigilancia
- Microplásticos
- Indicadores de resistencia antimicrobiana (RAM)
II. Ajuste de definiciones y conceptos legales
|
Definición original |
Definición revisada |
|
"Estado químico" que cubre solo sustancias prioritarias |
Ampliado para incluir contaminantes específicos de cuenca fluvial |
|
Contaminantes específicos de cuenca fluvial bajo "estado ecológico" |
Incorporado a la gestión unificada de "estado químico" |
III. Optimización del sistema de normas
- Nuevo anexo: Lista de retención establecida para sustancias que ya no representan riesgos generalizados pero que aún requieren atención
- Alineación de normas: Normas de PFAS en aguas subterráneas sincronizadas automáticamente con valores paramétricos bajo la Directiva de Agua Potable
- Fase de eliminación en 20 años: Las descargas de sustancias peligrosas prioritarias deben cesar dentro de los 20 años posteriores a su inclusión
El proyecto de directiva revisado entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.



