El 21 de mayo de 2026, el Reino Unido puso en vigor el Reglamento de Productos Químicos (Salud y Seguridad) (Disposiciones de Modificación, Consecuencias y Transitorias) (UK SI 2026/484), que modifica el Reglamento GB CLP. Las modificaciones principales incluyen la abolición de la notificación de clasificación y etiquetado, la simplificación del procedimiento de clasificación obligatoria, entre otros cambios. Se espera que esta iniciativa agilice los procedimientos administrativos, reduzca la carga para las empresas y garantice la implementación efectiva del sistema GHS en el Reino Unido.
Abolición de la notificación de clasificación y etiquetado
El Reglamento elimina explícitamente las disposiciones sobre notificación de clasificación y etiquetado del Título V, Capítulo 2 del Reglamento GB CLP, cancelando el requisito de que los proveedores notifiquen al Health and Safety Executive (HSE) y eliminando la obligación de establecer una base de datos pública. También se ha eliminado todo el contenido relacionado con la base de datos de notificación, como las disposiciones del artículo 1, párrafo 1, relativas al establecimiento de un inventario de clasificaciones y etiquetas de sustancias.
Como resultado de la abolición de los requisitos de notificación de clasificación y etiquetado, el Reglamento también modifica el Reglamento UK REACH en consecuencia, eliminando las referencias a la base de datos de notificación GB en el artículo 3(43), y el anexo II, sección 3.2.1, puntos (iv) y (vi).
Simplificación del procedimiento de clasificación obligatoria
En el artículo 36 (clasificación y etiquetado obligatorios de sustancias), párrafos 1, 2 y 3, se elimina la frase "o el artículo 37A". Los artículos 37 y 37A se sustituyen por nuevas disposiciones. El artículo 37 revisado aclara que el procedimiento de clasificación y etiquetado obligatorios comprende dos tipos de propuestas: la propuesta de vía rápida y la propuesta ordinaria. Una "propuesta de vía rápida" se refiere a una propuesta de una autoridad competente regional (incluida la UE) o nacional que el HSE considere que—(a) ha adoptado el GHS de manera similar al Reino Unido; y (b) tiene un sistema de propuesta de clasificación transparente basado en consulta pública. Si una propuesta no califica como "propuesta de vía rápida", estará sujeta a un proceso más largo.
Disposiciones transitorias
Las propuestas ya publicadas por el Comité de Evaluación de Riesgos de la Agencia Europea de Sustancias Químicas antes de la entrada en vigor de este Reglamento no están sujetas a esta modificación; tampoco las propuestas recibidas por la Agencia o iniciadas por la misma antes de la fecha de entrada en vigor. Estas disposiciones transitorias evitan que las nuevas modificaciones afecten a las propuestas en curso.
Las nuevas modificaciones no alteran los elementos centrales del Reglamento GB CLP, como los criterios de clasificación GHS y los elementos de etiquetado. La eliminación de los requisitos de notificación simplificará, hasta cierto punto, el proceso de cumplimiento para los proveedores.
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